La convalidación del Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, recogió, entre otras, diversas medidas para aplicar el “Plan + seguridad para tu energía (+SE)”.

Han quedado prorrogadas las deducciones en el IRPF por obras para mejorar la eficiencia energética de las viviendas durante un año más, ampliándolas hasta finales de 2023. En el caso de obras de rehabilitación energética realizadas en edificios de uso residencial, la ampliación se extiende hasta finales de 2024.

¿En qué consisten estas deducciones?

  • Los contribuyentes podrán deducirse el 20% de las cantidades invertidas por obras de rehabilitación y mejora para reducir la demanda de calefacción y refrigeración en un 7% en la vivienda habitual. La deducción puede ascender hasta un máximo de 5.000 euros.
  • Se contempla otra deducción del 40% por actuaciones de rehabilitación en la vivienda habitual que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, acreditándolo mediante un certificado de eficiencia energética de letras A o B. Se podrá obtener hasta una deducción de 7.500 euros como máximo.
  • Se contempla una reducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía no renovable en los edificios residenciales, alcanzando las letras A o B en el edificio donde se realicen las obras de mejora. Esta deducción podrá ser de hasta un máximo de 15.000 euros por vivienda.

En los dos primeros casos, la vivienda habitual puede ser en propiedad o en arrendamiento.